Uso de fuerza razonable en defensa de uno mismo o de terceros.
NOTA 1: La fuerza mortal solo debería utilizarse en defensa propia o en defensa de terceros cuando parece razonablemente necesaria frente a una amenaza de muerte o de lesiones graves inminentes, o para prevenir la comisión de un delito especialmente grave que implique un peligro para la vida de las personas.

Fuente:

  • Norma ISO 18788
  • Sistema de gestión para la calidad de las operaciones de las empresas de seguridad privada
  • Estándar ANSI/ASIS PSC
  • Sistema de gestión para la calidad de las operaciones de las empresas de seguridad privada